Pólizas del periodo, auxiliares de cuenta y folios fiscales en contabilidad electrónica

polizas

A partir del primero de enero del 2015 las personas físicas y morales que en el 2013 tuvieron ingresos superiores a $4,000,000.00 (cuatro millones de pesos) están obligadas a presentar su contabilidad de manera electrónica ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La información que se enviará sin importar el régimen fiscal en que te encuentres es:

  1. Catálogo de cuentas con código agrupador
  2. Balanza de comprobación
  3. Pólizas del periodo

Pólizas del periodo

Una póliza es un documento en el que se registran las operaciones desarrolladas en una empresa y se deben crear a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad y se clasifican en 3 tipos:diario, ingresos y egresos.

Para cumplir con los lineamientos de la contabilidad los contribuyentes deben ser capaces de generar la información electrónica de sus pólizas contables incluyendo el detalle de transacción, cuenta, subcuenta y partida, así como sus auxiliares y deben contener la siguiente información:

  1. Incluir el detalle por transacción, cuenta, subcuenta y partida, así como sus auxiliares.
  2. En cada póliza debe ser posible distinguir los CFDI que soporten la operación.
  3. Debe ser posible identificar los impuestos con las distintas tasas, cuotas y actividades por las que no deba pagar el impuesto.
  4. En las operaciones relacionadas con un tercero deberá incluirse el Registro Federal de Contribuyente (RFC) de éste.

Las pólizas se entregarán al SAT en los siguientes casos:

  • Cuando el SAT ejerza facultades de comprobación directamente al contribuyente o a terceros relacionados (compulsas).
  • Cuando el contribuyente solicite una devolución o realice una compensación.

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