A partir del primero de enero del 2015 las personas físicas y morales que en el 2013 tuvieron ingresos superiores a $4,000,000.00 (cuatro millones de pesos) están obligadas a presentar su contabilidad de manera electrónica ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La información que se enviará sin importar el régimen fiscal en que te encuentres es:
- Catálogo de cuentas con código agrupador
- Balanza de comprobación
- Pólizas del periodo
Pólizas del periodo
Una póliza es un documento en el que se registran las operaciones desarrolladas en una empresa y se deben crear a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad y se clasifican en 3 tipos:diario, ingresos y egresos.
Para cumplir con los lineamientos de la contabilidad los contribuyentes deben ser capaces de generar la información electrónica de sus pólizas contables incluyendo el detalle de transacción, cuenta, subcuenta y partida, así como sus auxiliares y deben contener la siguiente información:
- Incluir el detalle por transacción, cuenta, subcuenta y partida, así como sus auxiliares.
- En cada póliza debe ser posible distinguir los CFDI que soporten la operación.
- Debe ser posible identificar los impuestos con las distintas tasas, cuotas y actividades por las que no deba pagar el impuesto.
- En las operaciones relacionadas con un tercero deberá incluirse el Registro Federal de Contribuyente (RFC) de éste.
Las pólizas se entregarán al SAT en los siguientes casos:
- Cuando el SAT ejerza facultades de comprobación directamente al contribuyente o a terceros relacionados (compulsas).
- Cuando el contribuyente solicite una devolución o realice una compensación.
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