Plazo para corregir tus recibos de nómina 2020 hasta febrero 2021

En todas las empresas ya sean grandes o pequeñas se generan una serie de actividades contables entre ellos y unos de los más significativos son los recibos de nómina, por lo regular cada año surgen modificaciones las cuales deben de aplicarse conforme la Reforma Miscelánea Fiscal (RMF) lo indique.

Es importante revisar los recibos de nómina basándose en las modificaciones que deben ser aplicadas o bien seguir al pie de la letra las que ya están definidas.

La Regla 2.7.5.7. (comprobante fiscal digital por internet) de nómina, establece:

Los contribuyentes podrán corregir los CFDI de nómina emitidos durante 2020, ya sea porque su contenido o la versión de timbrado posee errores u omisiones, teniendo como plazo límite el 28 de febrero de 2021.

Los contribuyentes deben:

  • Cancelar los comprobantes sujetos a corrección
  • Manifestar como fecha de pago el día correspondiente a 2020 en el cual se realizó el pago que se sustituye

Los CFDI corregidos se considerarán emitidos en el ejercicio fiscal 2020 siempre y cuando se hayan reflejado como fecha de pago el día correspondiente de 2020 que se hizo el egreso asociado al comprobante.

Los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2020 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión podrán, por única ocasión, corregir estos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 28 de febrero de 2021 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.

El CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2020 siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2020 en que se realizó el pago asociado al comprobante.

Esta disposición no quita al contribuyente el de realizar pago por diferencias no cubiertas, con sus accesorios correspondientes.

Por qué es importante corregir tus recibos de nómina

La nómina es una erogación de suma importancia ya que de eso depende las declaraciones anuales tanto de personas físicas y morales.

Las personas físicas que opten por presentar su Declaración Anual De Personas Físicas y usen la información de la declaración prellenada, pueden hallar errores en su declaración anual.

Para revisar si tiene algún error te invitamos a entrar al Clic Aquí un asesor especializado te brindará más información.

Saludos.

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