Qué hacer si el SAT cancela los Certificados de Sellos Digitales
El portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) menciona que se debe realizar una aclaración para subsanar las irregularidades detectadas o desvirtuar la causa por la que se dejó sin efectos su Certificado de Sello Digital, se restringió el uso de su Certificado de e.firma o el mecanismo que utiliza para efectos de la expedición de CFDI.
¿Quiénes lo presentan?
Los contribuyentes a quienes la autoridad fiscal haya dejado sin efectos el o los CSD, los contribuyentes personas físicas a quienes se haya restringido el uso de su Certificado de e.firma o el mecanismo que utilizan para efectos de la expedición de CFDI.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se hayan dejado sin efectos el o los CSD para la expedición de CFDI en términos del artículo 17-H fracción X del CFF, se haya restringido el uso de su Certificado de e.firma o el mecanismo que utilizan para efectos de la expedición de CFDI.
Documentos que obtienes
Acuse de recibo y posteriormente, la respuesta electrónica a su solicitud de aclaración.
Requisitos
- Archivo digitalizado con la Resolución Administrativa a través de la cual se dejó sin efectos su CSD.
- Elementos probatorios que desvirtúen o subsanen las irregularidades detectadas o que soporten los hechos o circunstancias que manifiesta.
Fuente: www.sat.gob.mx
Cómo prevenir la Cancelación del certificado de sello digital.
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