En contabilidad, el catálogo de cuentas es una clasificación flexible, ordenada y pormenorizada de las cuentas de mayor, subcuentas y sub sub cuentas que se utilizarán para el registro contable de las operaciones de las empresas y es considerado como una de las herramientas más importantes para la captura de los registros contables.
Cómo cumplir con el catálogo de cuentas contables
Para cumplir con el requisito de la contabilidad electrónica, el envío deberá tener las cuentas de nivel mayor y subcuenta (niveles 1 y 2) pero cada vez que sea modificado en cualquier nivel deberá notificársele al SAT 3 días después como máximo.
Código agrupador
Cada empresa y contribuyente puede diseñar su catálogo de cuentas con el formato y nomenclatura que deseen; sin embargo, el SAT ha establecido un código agrupador donde sugiere un orden específico de las cuentas que conforman dicho catálogo.
Esto no significa que se tendrán que re-codificar todas las cuentas de las empresas, sino que cuando se envié el catálogo de cuentas, la información debe venir agrupada como lo pide la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Si el envío es exitoso se recibirá un acuse de recepción; sin embargo, cuando los archivos tengan errores se recibirá un aviso a través del Buzón Tributario para que dentro de los 3 días hábiles siguientes se corrija y se envíe nuevamente.
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