Quién tiene derecho al aguinaldo

trabajadores con derecho a aguinaldo

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece hacia todos los patrones la obligación de otorgar una bonificación de al menos 15 días de salario por 12 meses trabajados, llamado el aguinaldo.

Quién tiene derecho al aguinaldo

Todos los trabajadores tienen derecho a recibir su aguinaldo antes del 20 de diciembre. Aunque se suele pensar que esta prestación solamente le corresponde a los empleados que están inscritos en la nómina, sin embargo, la LFT establece que si se comprueba una relación laboral, entonces el empleado tiene derecho a recibir la prestación.

Lo anterior significa que todos los colaboradores de tu empresa, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores u otros, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo tienen derecho a que se les pague su aguinaldo.

En caso de que los trabajadores tengan menos de 12 meses laborando en tu empresa, recibirán la parte proporcional al tiempo trabajado. Esto también aplica para los empleados que ya no laboran en tu organización.

Aquellos colaboradores que renunciaron antes del día 20 de diciembre también tienen derecho a que se les pague la parte proporcional al aguinaldo por el tiempo que laboraron.

¿Los trabajadores por honorarios reciben aguinaldo?

No, excepto que exista una relación laboral de servicios permanentes a un solo patrón y que el empleado cubra un horario de trabajo con duración de la jornada máxima legal de 8 horas; o bien reciba instrucciones de un superior inmediato y tenga un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa o establecimiento.

Madres trabajadoras, incapacidades y aguinaldo

En el caso de las madres trabajadoras no pueden descontarles nada de su aguinaldo por haber estado de incapacidad por maternidad pre y post natal. Estos periodos deben contar como días trabajados para el cálculo del aguinaldo.

Respecto a los trabajadores que sufrieron un accidente de trabajo, estén o no asegurados, se consideran como personal activo durante todo el periodo que dure su incapacidad, por lo tanto tienen derecho a recibir completo su aguinaldo.

Hoy puedes administrar la nómina de tu empresa o negocio de forma rápida y sencilla, además podrás:

  • Emitir y enviar recibos electrónicos de nómina con un solo Click.
  • Administrar los sueldos asimilados a salarios.
  • Configurar el periodo de pago de tu nómina como tú lo requieras.
  • Realizar las transferencias de pago a tus empleados con un solo Click.
  • Calcular automáticamente las deducciones por prestaciones y prestamos en efectivo a tus empleados.
  • Entre otras.

Empieza ahora mismo a llevar tu nómina de manera efectiva, solo tienes dar Click en el botón que se encuentra al final de este artículo y con gusto un asesor especializado se pondrá en contacto contigo, te deseo el mejor de los éxitos.

Saludos
Raúl.

Comparte este artículo
Facebook
Twitter
LinkedIn

Recibe nuestras noticias en tu buzón de correo electrónico

Acércate a nosotros
Para que te ayudemos con la administración de tu negocio.
Temas de interés

Contenido de la publicación