Uno de los beneficios más significativos de presentar tu declaración anual en tiempo y forma son las deducciones que puedes obtener para la disminución del pago de impuestos y al mismo tiempo gozar de beneficios fiscales. Conoce las deducciones que puedes obtener como persona moral.
Las personas morales que desean realizar una deducción de impuestos exitosa, deben de tener en cuenta que al momento de hacer su declaración anual tienen que cumplir con ciertos criterios por ejemplo, solo se puede deducir toda salida de dinero que corresponda a la actividad empresarial con la que tu empresa opera los gastos personales no pueden considerarse a deducir en esta categoría.
A continuación te presentamos los gastos que puedes deducir al presentar tu declaración en tiempo y forma
- Gastos por la compra de mercancía, todo lo obtenido para la operación de tu empresa, muebles, bienes, equipo de cómputo o maquinaria relacionada a tu actividad económica.
- Beneficios laborales que otorgas a tus empleado, los pagos realizados al Instituto Mexicano del Seguro Social, así como al Seguro de Desempleo, son algunos de los gastos básicos; pero también puedes añadir otras prestaciones como las aportaciones realizadas a fondos de pensiones o jubilaciones de empleados, o bien el servicio de comedor.
- Donativos a instituciones no gubernamentales, estos no deben exceder el 7% de tu utilidad pasada; si realizas donativos a entidades federativas, municipios u organismos descentralizados entonces el monto no debe superar el 4% de tu utilidad fiscal del año anterior.
- Rebajas, devoluciones o bonificaciones en el precio final que se otorga al cliente.
- Cualquier inversión realizada, ya sea en acciones, activos fijos o títulos de valor.
- Los intereses comprobables son un elemento que puedes deducir en tu declaración anual en caso de tener un préstamo activo en tu empresa.
- Créditos incobrables y pérdidas que hayas tenido a causa de fuerza mayor durante el ejercicio fiscal.
El proceso adecuado para solicitar la deducción de impuestos dentro de la declaración anual, esto tiene algunas limitantes, mismas que son importantes de conocer para que puedas presentar los documentos apropiados y proceda la revisión.
El monto total de los donativos a que se refiere esta fracción será deducible hasta por una cantidad que no exceda del 7% de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la deducción. Cuando se realicen donativos a favor de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, o de sus organismos descentralizados, el monto deducible no podrá exceder del 4% de la utilidad fiscal a que se refiere este párrafo, sin que en ningún caso el límite de la deducción total, considerando estos donativos y los realizados a donatarias autorizadas distintas, exceda del 7% citado.
Es de suma importancia que los gastos a comprobar sea compatibles con la factura correspondiente, los pagos deberán ser efectuados mediante transferencia electrónica, cheque nominativo, tarjeta de crédito/débito o incluso monedero electrónico. El monto total de los donativos a que se refiere esta fracción será deducible hasta por una cantidad que no exceda del 7% de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la deducción.
Como podrás darte cuenta, los conceptos que pueden deducirse son diversos y pueden resultar en saldo a favor del total de impuestos que debes pagar en tu declaración anual. Recuerda realizar todos tus trámites en tiempo y forma para evitar sanciones por parte del Sistema de Administración Tributaria.
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El plazo para presentar la declaración es al 31 de marzo de 2021.
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