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Cambios fiscales aprobados para este 2022

Cambios fiscales aprobados para este 2022

Cambios fiscales aprobados más importantes para este 2022

Cada año surge una serie de modificaciones en leyes especialmente las de materia fiscal las cuales deben ser aprobadas por los legisladores y a su vez ser notificada a los contribuyentes con el fin de que cumplan sus obligaciones fiscales a tiempo y forma.

Los legisladores en México aprobaron el paquete fiscal para 2022, el cual está compuesto por la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), la Miscelánea Fiscal y la Ley Federal de Derechos (LFD), los cuales traen cambios.

Son siete cambios fiscales fundamentales que todos los contribuyentes deben tener en cuenta para evitar aclaraciones con el SAT en 2022

Cambios en la facturación electrónica

Habrá cambio en la emisión de CFDI de la versión 3.3 a la versión 4.0, se dará un lapso de adaptación de enero a abril de 2022, para una convivencia entre ambas versiones.

Otros requisitos que serán obligatorios es que tiene que llevar el nombre, RFC, código postal y el régimen fiscal del receptor, a cada factura emitida.

La cancelación es uno de los temas que más ha llamado la atención de los contribuyentes, ya que se aplicarán multa en caso de cometer errores al emitir facturas.

Es de gran importancia revisar las facturas tanto como emisor antes de generarlas y como receptor al recibir, que esta cumpla con los requisitos de ley.

Es importante tomar en cuenta que de acuerdo con la ley, los receptores están obligados a verificar que la facturas electrónicas que les son entregadas cumplan con todos los requisitos.

Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)

El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) se eliminará a partir de este año, no admitirá nuevos contribuyentes, pero quienes ya tributan en él tendrán la opción de seguir igual o cambiar al Régimen Simplificado de Confianza (Resico), explicaron especialistas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

Las disposiciones fiscales referentes al RIF, tanto en ISR, IVA o IEPS se derogan para el año 2022, mediante disposiciones transitorias se contempla la posibilidad de continuar pagando todos estos impuestos hasta que cada contribuyente haga lo siguiente: agote su periodo de 10 años en ese régimen, obtenga ingresos anuales superiores a los $2,000,000 o bien cada inicio de año opte por abandonar dicho régimen.

Queda abierta la opción de seguir tributando en el RIF, incluye los beneficios contenidos en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) de 2021, correspondientes a las facilidades y estímulos en materia de IVA y IEPS.

El contribuyente que desee ejercer esta opción deberán presentar un aviso a más tardar el 31 de enero de 2022. Esta opción no es aplicable a quienes hayan iniciado en el RIF a partir del 1 de septiembre de 2021.

RFC obligatorio para mayores de 18

El SAT informa que no habrá sanción para los jóvenes mayores de 18 años que no se inscriban al RFC.

Con la Miscelánea Fiscal 2022 se aprobó el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) obligatorio para mayores de 18 años. La incorporación al RFC y, la obtención en conjunto de la e.firma (firma electrónica), no implica que estén obligados a pagar contribuciones ni a presentar declaraciones, a menos que ya realicen alguna actividad económica.

Ningún joven será sancionado por no registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta institución tiene muy claro que la transición del registro llevará cierto tiempo y durante este lapso no habrá penalidades, ni multas, ni sanciones.

El SAT busca incorporar al RFC a los jóvenes mayores de 18 años con la finalidad de introducirlos a la cultura contributiva, pero sobre todo, protegerlos del robo de identidad ya que las empresas fantasma los utilizan como prestanombres.

Depósitos en efectivo

El SAT aseguró que no cobrará impuestos por este tipo de ingresos, pero si dejó en claro que en algunos casos específicos, controlará mensualmente los depósitos en efectivo que reciban los contribuyentes en sus cuentas.

Ejemplo los depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo, tandas o préstamos personales, (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros) no se les vigilará, ni cobrará algún tipo de impuesto.

Lo que si será aplicado por la autoridad fiscal, exigir a las instituciones bancarias enviar informes mensuales sobre los clientes que reciban en sus cuentas depósitos en efectivo superiores a 15,000 pesos.

El organismo ya obligaba a las instituciones financieras a compartir esa información, tal y como establece la Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 55, el SAT daba dos opciones para cumplir con este deber, brindar los datos de forma mensual, a más tardar el 10 de cada mes, o hacerlo una vez al año, antes del 15 de febrero.

El cambio que si entrará en vigor con la Miscelánea Fiscal 2022, es el párrafo que fue modificado por el Presidente de México Andrés Manuel López Obrador, es obligar a los bancos a enviar el reporte mensualmente ante el SAT, eliminando así la posibilidad de hacerlo anualmente.

Compensación universal en auditorías

En el paquete fiscal 2022 se establece un nuevo procedimiento para que aquellos contribuyentes que estén siendo sujetos al ejercicio de facultades de comprobación de la autoridad, puedan solicitar la aplicación de los saldos de impuestos que tengan a su favor, contra el impuesto a su cargo, que determine la autoridad como resultado de las observaciones consignadas en el oficio respectivo o en la última acta parcial de auditoría, sin importar que sean de naturaleza distinta. Esta facilidad no incluye a las retenciones de impuestos, detalló Ávalos.

Régimen simplificado para contribuyentes AGAPES

Entra en vigor el régimen especial para las personas físicas que se dedican a las actividades primarias conocidos como AGAPES (Agricultura, Ganadería, Pesca y Silvicultura), en atención a ello se adicionó una disposición que considera que si esos contribuyentes optan por el RESICO, tendrán una exención anual de $900,000 de ingresos por los cuales no pagarán el ISR.

Los nuevos supuestos EFOS

¡Ten cuidado con tus operaciones!, el SAT afilará el diente en cuanto a supuestos actos de simulación.

A partir de 2022, cuando le cancelen los certificados de sellos digitales a un contribuyente, si este le solicita a un tercero que emita las facturas de los bienes o servicios, la autoridad considerará que se trata de una empresa que factura operaciones simuladas (EFOS).

Esto traerá consecuencias fiscales, como la no deducción y el no acreditamiento del IVA de la operación, además de las consecuencias legales para los contribuyentes involucrados, detalla Ramiro Ávalos, vicepresidente de Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

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Fuente: SAT, Expansión, El contribuyente.

Saludos.

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