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Complemento INE para facturas electrónicas 3.3

Complemento INE

Las facturas electrónicas que emitan los proveedores de los Partidos Políticos y Asociaciones Civiles (Aspirantes y Candidatos Independientes), por la adquisición o uso o goce temporal de bienes o por la prestación de servicios, deberán incorporar al comprobante el “Complemento INE”

El Complemento INE deberá incluirse en todos los comprobantes que se emitan a los Partidos Políticos y Asociaciones Civiles sin excepción.

Al expedir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), los proveedores de bienes y/o prestadores de servicios deben solicitar a los Partidos Políticos y Asociaciones Civiles (Aspirantes y Candidatos Independientes) los siguientes datos para incorporar en el Complemento INE:

En periodo ordinario:

  • TipoProceso
  • TipoComité
  • ClaveEntidad
  • IdContabilidad

En periodo Precampaña o campaña:

  • TipoProceso
  • Ambito
  • ClaveEntidad
  • IdContabilidad

Una vez que el proveedor de bienes o prestador de servicios capture los datos antes mencionados, deberán ser enviados y certificados al proveedor de certificación de CFDI, el cual enviará el comprobante ya certificado (XML y representación impresa) a partidos políticos, coaliciones y/o Asociaciones civiles.

De igual manera el INE revisará que el comprante cuente con los requisitos necesarios mencionados en el artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación incluyendo el Complemento INE.

En ClickBalance ya contamos con el complemento INE para el uso de nuestros clientes, si tu aún no lo tienes y eres proveedor de un partido político o una Asociación civil te invito a conocer nuestro complemento en las facturas electrónicas, mediante un seminario web, solo da Click Aquí y con gusto te atenderemos.

La primera versión del Complemento INE fue a partir del 8 de julio de 2016 y estuvo vigente hasta el 31 de agosto de ese mismo año, ya que el 6 de julio de 2016 se publicó la nueva actualización 1.1 del complemento INE, es importante mencionar que este complemento solo se puede utilizar en las versiones 3.2 y 3.3 de las facturas electrónicas.

A continuación te dejo algunas preguntas que me han realizado algunas empresas que ocupan integrar este complemento a sus facturas 3.3

1.- ¿Es obligatorio el uso del complemento INE en los Comprobantes Fiscales Digitales en el proceso
Ordinario, Precampaña y Campaña?

R= Es obligatorio para el proceso de Precampaña y Campaña, sin embargo, en el proceso Ordinario
si se desea, pueden solicitar los Comprobantes Fiscales Digitales con el complemento INE.

2.- ¿En dónde puedo consultar el catálogo de entidades federativas?

R= El catálogo de entidades federativas se puede consultar en el Centro de ayuda del Sistema Integral
de Fiscalización v.2.0, y en el sitio del Registro Nacional de Proveedores (RNP)

3.- ¿Los que prestan servicios por honorarios deben expedir Comprobantes Fiscales Digitales que
incluyan el Complemento INE?

R= Si, cuando estén relacionados con la adquisición o contratación de todo tipo de propaganda,
incluyendo la utilitaria y publicidad, así como de espectáculos, cantantes y grupos musicales, y
bienes y servicios, sin importar el monto.

Si tienes alguna duda hasmela llegar por medio en los comentarios de este artículo y con gusto te ayudaré a responderla.

Saludos.

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