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Las nuevas Auditorías del SAT.

Revisiones electrónicas

Agosto es el mes donde inician las Auditorías del SAT, se pronostican entre 15 y 20 mil auditorías por mes. El SAT analizará tus declaraciones fiscales para detectar comportamientos extraños entre tus ingresos y gastos, en caso de tener información incongruente serás notificado vía buzón tributario.

«Es recomendable que revises constantemente tu buzón tributario debido a que por ese medio serás notificado en caso de ser auditado por las autoridades fiscales »

Las mencionadas Auditorías del SAT se sumaran a las 25 mil revisiones que ya realizaba en años anteriores, también llamadas «Auditorías de Gabinete y las visitas domiciliarias». Las revisiones electrónicas se efectuarán una vez que se haya emitido la jurisprudencia que declara que no son violatorias de derecho y solo se realizarán, si el SAT identifica alguna irregularidad con base a la información que ya se dispone, es decir, si descubre alguna diferencia entre las operaciones de la Contabilidad Electrónica y de las Facturas Electrónicas emitidas.

Las auditarías del SAT (electrónicas) comenzaran con una notificación al contribuyente de una resolución provisional, al momento de recibir dicha notificación tendrás 15 días para presentar documentos o comprobar el pago de tus contribuciones para desvirtuar las irregularidades que te atribuye la autoridad.

«Si el SAT llega a la conclusión, que la irregularidad no puede ser aclarada rápidamente, iniciara una revisión de gabinete o una visita domiciliaria, con el fin de que el proceso de la revisión electrónica no se haga más largo.»

Recuerda que para este año, los contribuyentes con ingresos menores a cuatro millones de pesos están obligados a llevar su contabilidad electrónica; los únicos que no están obligados a llevarla son aquellas personas físicas que tienen ingresos por salarios, personas físicas que tienen arrendamientos, actividad por honorarios, actividad empresarial y están en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) ya que ellos utilizan el apartado Mis Cuentas de la página del SAT.

En caso de no ingresar la información respectiva a la contabilidad electrónica por medio de la página del SAT y en los plazos que señalan, o bien, por ingresar la información a través de archivos que no permitan su lectura o que esta se envíe sin considerar las reglas establecidas, serás acreedor a una sanción que puede ser de cinco mil a quince mil pesos.

¿Sabes que hacer en caso de ser notificado por las autoridades fiscales?
¿Cómo generas las información que requiere el SAT en caso de una auditoría?

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