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¿Cómo se realiza una Devolución de Impuestos? (2 de 2)

Tecleando en laptop

En nuestro artículo anterior «¿Cómo se realiza una Devolución de Impuestos? (1 de 2)?» vimos el proceso de Devolución Automática, a continuación veremos los otros dos procesos que puedes utilizar para realizar tu devolución de impuestos:

Devolución de impuestos por Internet.

En la actualidad es más fácil presentar tu solicitud de devolución de impuestos, ya que lo puedes hacer desde la comodidad de tu hogar u oficina a través del portal del SAT; excepto cuando las cantidades a favor son provenientes de resoluciones o sentencias por cualquier monto.

Para la presentación de la devolución de impuestos vía Internet, debes ingresar a la sección de TRÁMITES del portal del SAT y contar con lo siguiente:

  1. Contraseña para ingresar al sistema
  2. Firma electrónica para enviar la solicitud
  3. Acompañar la documentación que se indica en el catálogo de servicios y trámites.
  4. Tratándose de solicitudes de devolución por concepto de IVA convencional, haber presentado la Declaración Informativa de Operaciones a con Terceros (DIOT)

REsuelve las dudas que tengas para realizar tus declaraciones fiscales devolución de impuestos

Los contribuyentes podrán enviar su solicitud de devolución vía Internet, para los siguientes «Orígenes de la Devolución»:

  1. Saldo a favor.
  2. Pago de lo indebido
  3. I.A. por recuperar de ejercicios anteriores.

Los «Orígenes de la devolución», es la causa por la cual estamos solicitando nuestra devolución, es decir, si es por «Saldo a favor», le asignaremos ese nombre al formulario electrónico que se deberá enviar al SAT.

Devolución de impuestos de manera personal.

Desde febrero del 2012 solo se recibirán en las administraciones Locales de Servicios al Contribuyente las solicitudes de devolución iguales o menores a $40,000.00 y cuyo origen sea «Pago de lo indebido» de personas físicas que no están obligadas a inscribirse al RFC.

No es necesaria la firma electrónica; por ello la devolución puede solicitarse en cualquiera de las oficinas del SAT si se trata de los siguientes tramites:

  1. Derechos por pasaporte y Documentos de Identidad de Viaje.
  2. Derechos por servicios consulares.
  3. Derechos por nacionalidad y cartas de naturalización
  4. Derechos por servicios de la SEP (Secretaria de Educación Publica)

Como saber si le debo al SAT devolución de impuestos

Las solicitudes de devolución de personas físicas y morales, cuyo origen sea «Resolución o sentencia» pueden hacerse en las oficinas del SAT con apoyo del personal.
Para ambos casos deberá acudir personalmente el contribuyente o su representante legal para firmar la solicitud de devolución.

En cuanto al proceso para la DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS, en 2014 se realizó una reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) que obliga a los contribuyentes que pretendan una devolución de más de $40,000.00 contar con su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) en vigencia.

Pero, para 2015 la Resolución de la Miscelánea Fiscal, estipula que la devolución de impuestos solo se dará cuando el contribuyente tenga un saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) igual o mayor a $10,000.00; de no ser así, podrá enviarla con contraseña.

En el 2015 el SAT público en el Diario Oficial de la Federación la primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2015, donde indica que no procederá la solicitud de aquellos contribuyentes que opten por solicitar devolución automática de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta por montos superiores a $150,000.00

Bien, estos son los 3 proceso que puedes utilizar para realizar tu Devolución de Impuestos recuerda que es muy importante que lleves al día el Cálculo de tus impuestos de esa manera no tendrás problemas para que puedas gozar de estos beneficios.
Te invito a una Demostración GRATUITA en donde veremos una manera de llevar tus impuestos de manera organizada, solo da click en el siguiente botón y en asesor se pondrá en contacto contigo a la brevedad posible

Saludos.
Raúl

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